Socio descontento y junta delicada
Cuando un socio está enemistado con el resto y nada le parece bien, el administrador debe ser cauto ante cualquier junta.
Los administradores sociales deben actuar en todo momento con la máxima diligencia y rigor, pero cuando existen desavenencias entre los socios, su actuación debe ser intachable. En estos casos es habitual que el socio en discordia aproveche cualquier oportunidad para reclamar o impugnar acuerdos. Evite cualquier responsabilidad como administrador extremando las precauciones.
Recuerde que la convocatoria debe hacerse con una antelación mínima de 15 días (un mes en el caso de las SA) y debe tener un contenido mínimo fijado por ley. Además, es obligatorio incluir ciertas menciones en la convocatoria en función del objeto de la reunión:
- En las juntas de aprobación de cuentas anuales, se deberá incluir una mención expresa al derecho de todos los socios a obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que van a ser sometidos a aprobación, así como el informe de gestión y, en su caso, el informe de los auditores.
- En las juntas cuyo objeto sea la modificación de los estatutos, también deberá expresarse con claridad los extremos a cambiar y el derecho de los socios a examinar el texto íntegro de la modificación.
Asimismo, durante el plazo que medie entre la convocatoria y la junta, el administrador deberá poder satisfacer el derecho de información de los socios con los documentos que podrían requerirle. Cuando se trate de una junta de aprobación de cuentas, los socios que representen al menos un 5% del capital social tienen derecho a examinar en el domicilio social –por sí solos o acompañados de un experto contable– la documentación que sirva de soporte a las cuentas, salvo que los estatutos establezcan otra cosa.
Nuestros asesores le informarán de cómo actuar antes, durante y después de la celebración de juntas tanto si es administrador como si es socio, le informarán de sus obligaciones y responsabilidades y velarán por salvaguardar sus derechos.
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